CÓMO AFRONTAR LA ENTRADA EN VIGOR DE LAS 44 TONELADAS
Tras la reciente modificación del Reglamento General de Vehículos (Orden PJC/780/2025), se ha aprobado la circulación de vehículos de transporte de mercancías hasta las 44 toneladas de Masa Máxima Autorizada (MMA).
Sabemos que esta norma genera muchas dudas. Desde ASETRA, hemos analizado la información y le resumimos los pasos clave que debe seguir para afrontar este cambio con garantías.
1. ¿Cuándo puedo empezar a circular con 44T?
La fecha de entrada en vigor depende de la clasificación de su vehículo:
CISTERNAS: A partir del 23 de enero de 2026.
- (Podrá identificar si es una cisterna si en la ficha técnica las dos últimas cifras de la clasificación de uso son 27, 28, 29, 30 o 31).
RESTO DE VEHÍCULOS: A partir del 23 de octubre de 2025.
- (Esto incluye silos y portacontenedores, incluso si transportan un contenedor cisterna, según confirmación de la DGT).
2. ¿Puede mi vehículo circular con 44T? El Paso Clave
Revise la Ficha Técnica (Tarjeta ITV) de su vehículo. Debe comparar la nueva MMA (44.000 kg) con la MMTA (Masa Máxima Técnica Admisible).
Hay dos escenarios:
ESCENARIO A:

MMA (44 toneladas) ≤ MMTA Puede circular. Solicitar modificación de la ficha técnica en la primera ITV periódica y nuevo permiso de circulación si fuera necesario.
ESCENARIO B:

MMA (44 toneladas) > MMTA. Será necesario un informe por parte del fabricante o servicio técnico y paso por la ITV.
3. Checklist Técnico: ¿Qué casillas de la ITV debo mirar?
Para asegurar que su conjunto (tractora + semirremolque) puede operar a 44T de forma legal y segura, revise estas casillas en las fichas técnicas:
Vehículo Motor (Tractora)
- IMPRESCINDIBLE: Casilla F.3 (MMTA del conjunto): debe aparecer 44.000 kg o más si quieres llegar al máximo de las 44 toneladas
- CONVENIENTE: Casilla F.1.1 (MMTA del 2º eje / eje motor): es conveniente que apareciera 12 TM
- Aclaración de la DGT: La DGT nos ha aclarado que el reglamento sólo obliga a que el eje motor sea capaz de soportar como mínimo el 25% de la MMA (tara tractora + tara semirremolque + carga = 44 toneladas), es decir deberá soportar como mínimo 11 toneladas.
El problema en la práctica es que el eje motor es el que más carga se lleva de las toneladas adicionales, por lo que será prácticamente imposible alcanzar las 44 toneladas sin superar las 11 toneladas o incluso las 11,5 toneladas en el eje motor.

Semirremolque
- CONVENIENTE (Casi imprescindible en la práctica): Casilla F.1.1 (MMTA por eje): Se recomienda (es conveniente) que aparezcan 9.000 kg. Si la MMTA por eje es inferior a 9.000 kg, aunque pueda superar las 40T, nunca podrá alcanzar las 44T de conjunto.
4. Otros Puntos Importantes a Recordar
- Tolerancia de Peso: ¡MUCHO CUIDADO!
- Si MMA = MMTA → sin margen de tolerancia.
(ej: MMA 44.000 kg = MMTA 44.000 kg) Superar la MMTA supone operar por encima del límite para el que el vehículo fue homologado. - Si MMA < MMTA (ej: MMA 44.000 kg < MMTA 45.000 kg) SÍ existe un posible margen, porque el límite legal es inferior al técnico.
- Si MMA = MMTA → sin margen de tolerancia.
- Transporte Internacional: NO PUEDE circular con 44T fuera de España. Esta norma es solo nacional. Al cruzar la frontera, el límite sigue siendo 40T.
- Casos Especiales (Incrementos de peso):
- Transporte Intermodal: Se permiten +2 TM adicionales.
- Vehículos de combustible alternativo: +1 TM extra.
- Vehículos de emisión cero: +2M Toneladas extra.
Para cualquier consulta específica sobre su flota, no dude en contactar con los servicios técnicos de ASETRA.






