Subvenciones a personas jóvenes asturianas inscritas en el SNGJ para la obtención de los permisos de conducción B, C y D durante 2023

El 20 de septiembre se ha publicado en el BOPA Extracto de la Resolución de 7 de septiembre de 2023, de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones a personas jóvenes asturianas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil para la obtención de los permisos de conducción de las clases B, C y D, durante 2023.

Presupuesto, plazo de solicitud y sistema de concesión

El presupuesto para estas ayudas es de 100.000 €. Estas ayudas se concederán por el procedimiento de concurrencia competitiva, es decir, las subvenciones se concederán por orden de puntuación:

Las solicitudes junto con la documentación que debe de acompañar a la misma, se presentarán por medios electrónicos. Se accederá a la solicitud a través de la sede electrónica del P. de Asturias utilizando vuestro certificado digital en el siguiente enlace:

Ayudas SNGJ permisos B, C, D

Requisitos para ser beneficiario de la ayuda:

Podrán solicitar subvención las personas jóvenes que cumplan los siguientes requisitos en la fecha de la presentación de su solicitud:

  1. Haber cumplido los 18 años, sin prejuicio de la edad mínima para la obtención de los permisos de clase C y D, y que no superen la edad máxima que establezca la normativa vigente del SNGJ, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97.c) de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
  2. Estar empadronadas en alguno de los concejos del Principado de Asturias con una antelación mínima de un año a la fecha la publicación del extracto de la respectiva convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
  3. Estar inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ) en el ámbito del Principado de Asturias en la fecha de publicación del extracto de la respectiva convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
    • Las personas jóvenes podrán solicitar su inscripción en el Servicio Público de Empleo siempre que cumplan los siguientes requisitos:
      • Tener nacionalidad española o, ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza o ser extranjero titular de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar, así como las personas menores no acompañadas que aporten una Acreditación de los Servicios de Protección de Menores de la Comunidad Autónoma que justifique individualmente el acceso, mediante la inscripción a actividades o programas de educación o formación que redunden en su beneficio.
      • Estar empadronado en cualquier localidad del territorio español.
      • Tener más de 16 años o menos de 30 años en el momento de solicitar la inscripción.
      • No haber trabajado en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
      • No haber recibido acciones educativas en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
      • Presentar una declaración expresa de tener interés en participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, adquiriendo un compromiso de participación activa en las actuaciones que se desarrollen en el marco de la Garantía Juvenil. En el caso de las personas demandantes de empleo, bastará con su inscripción en los servicios públicos de empleo.
  4. En relación con la obtención de los permisos de conducción de las clases subvencionables encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
    1. Encontrarse matriculados en una autoescuela legalmente constituida radicada en el Principado de Asturias para la obtención de los permisos de conducción de las clases indicadas.
    2. Haber obtenido el permiso de conducción de las clases indicadas para el que se solicita subvención con fecha de expedición entre el 1 de enero de 2023 y la fecha de presentación de su solicitud de subvención. En ningún caso serán subvencionables los citados permisos de conducción expedidos con anterioridad a dicha fecha.
  5. Las personas beneficiarias no podrán estar incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante LGS, para obtener dicha condición.

Gastos Subvencionables:

  1. Se consideran gastos susceptibles de subvención aquellos que resulten estrictamente necesarios, estén directa e inequívocamente relacionados con la obtención del correspondiente permiso de conducción y se realicen en el plazo establecido en la respectiva resolución de convocatoria. En ningún caso su coste podrá ser superior al valor del mercado.
  2. Los conceptos subvencionables podrán ser:
    1. Costes correspondientes a la matrícula, gastos por la recepción de clases teóricas y/o prácticas y otros gastos de gestión facturados por una autoescuela radicada en el Principado de Asturias desde la fecha establecida por la respectiva resolución de convocatoria.
    2. Costes de la emisión del informe de aptitud psicofísica facturado por un Centro oficialmente reconocido.
    3. Tasas establecidas por la Dirección General de Tráfico (DGT) para obtención del permiso de conducción de las clases recogidas en la base primera previa realización del examen que requiera la realización de pruebas prácticas de conducción.

Cuantía de las ayudas:

La subvención individualizada por persona beneficiaria consistirá en una cantidad cierta por las cuantías establecidas a continuación en función de la clase de permiso de conducción:

  1. Clase B: coches y vehículos ligeros. Permisos: B, B+E: 300 €.
  2. Clase C: Camiones. Permisos profesionales: C, C1, C+E, C1+E: 650 €.
  3. Clase D: Autobuses. Permisos profesionales: D, D1, D+E, D1+E: 1.300 €.

 

De conformidad con la base octava de las que rigen la convocatoria, cada persona solicitante solo podrá optar a subvención para una única clase de permiso de conducción.

Plazo de presentación

Estas ayudas se podrán solicitar desde el 21/09/2023 00:00 hasta: 11/10/2023 23:59

Documentación a presentar

En caso de solicitantes que se encuentren en proceso de obtención del permiso de circulación en el momento de presentar su solicitud, deberán presentar la siguiente documentación:

  • Documento acreditativo de estar matriculado en una autoescuela oficial del Principado de Asturias. Dicha documentación podrá consistir en la presentación del resguardo de la matrícula o, en su caso, la presentación de una certificación emitida por la persona titular de la correspondiente autoescuela en la que conste que la persona solicitante se encuentra recibiendo la correspondiente enseñanza para la obtención de alguno de los permisos de conducción recogidos en la base primera en el momento de presentar su solicitud de subvención.

 

En caso de solicitantes que en la fecha de presentación de su solicitud dispongan del permiso de conducción dentro del intervalo temporal establecido por la correspondiente convocatoria, deberán presentar los justificantes de gasto:

  • Factura acreditativa del coste económico satisfecho por la obtención del permiso de conducción emitido por una autoescuela ubicada en el Principado de Asturias.
  • Justificante de pago en cualquiera de las modalidades admitidas en Derecho.

 

En el supuesto de gastos relacionados con los costes subvencionables relativos al abono de la correspondiente tasa de la Dirección General de Tráfico, DGT, los siguientes justificantes:

  • Documento justificativo del pago del coste de la obtención del permiso de conducir en el que se haga referencia a la persona que obtiene el permiso y solicita la subvención.

Normativa