Estimados asociados:
Nos dirigimos a ustedes ante el conocimiento de la comunicación remitida por la Comisión Sectorial Paritaria (CSP) a las empresas del sector exigiendo el pago de cuotas de hasta 100 € por trabajador. Desde ASETRA, tras la histórica victoria judicial obtenida, queremos ser tajantes:
- LA JUSTICIA HA ANULADO EL CONVENIO
La Sentencia 10005/2025 del TSJA, dictada tras la demanda presentada en solitario por ASETRA, ha declarado NULO POR ILEGALIDAD el Convenio Colectivo del Sector de Transportes por Carretera.
El Tribunal ha confirmado que las patronales de viajeros (CAR, ASTRA y ASVYPIMET) nos marginaron de la negociación careciendo de la legitimidad necesaria para firmar un convenio de eficacia general.
La sentencia reconoce expresamente que ASETRA es la patronal con mayoría de representatividad en el sector, ostentando 9 de los 15 miembros de la mesa, frente a la insignificante representación de alguna de las patronales que pretendieron imponer sus condiciones.
- ILEGALIDAD DE LAS CUOTAS RECLAMADAS
La pretensión de cobrar 31 € (o 100 €) por trabajador carece de causa lícita, ya que emana de un acuerdo de una Comisión Paritaria cuya base legal ha sido expulsada del ordenamiento por el TSJA.
No es admisible que se financie con el dinero de las empresas de mercancías a organizaciones que el Tribunal ha declarado ilegítimas para negociar en su nombre.
- RECOMENDACIONES:
Ante esta situación de interinidad provocada por el recurso de patronales de viajeros y sindicatos ante el Supremo, la postura de esta organización es firme: si bien se espera que la sentencia definitiva sea dictada en un tiempo próximo, aquellas empresas que deseen realizar un abono para evitar posibles recargos futuros en caso de revocación deberán abonar únicamente 20 € por trabajador. Esta es la cuantía que marca el convenio anterior (2018/2023), que es el único marco legal que cabe reconocer como vigente en la actualidad. Abonar los 20 € sirve para bloquear cualquier intento posterior de imputar cuantías mayores o recargos injustificados.
ASETRA ya está personada ante el Tribunal Supremo para defender la nulidad obtenida y no aceptará ninguna coacción de la CSP hacia nuestros asociados. Cualquier comunicación o reclamación que reciban puede ser remitida inmediatamente a nuestros servicios jurídicos para que ASETRA actúe de forma directa.






