Política de Privacidad

Política de Privacidad RGPD-LOPDGDD integrada ASETRA-CFT 02.04.19

Como seguramente conoce, la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de datos personales (en adelante RGPD), y Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales (en adelante LOPDGDD), ponen de manifiesto la necesidad de reforzar los niveles de seguridad y protección de datos de carácter personal.

Queremos informarle que cumplimos todos los requisitos que dicha legislación exige y que todos los datos, bajo nuestra responsabilidad vienen siendo tratados de acuerdo con las exigencias legales y guardándose las debidas medidas de seguridad que garantizan la confidencialidad de los mismos.

No obstante, dadas las novedades legislativas habidas, creemos oportuno poner en su conocimiento y someter a su aceptación la siguiente política de privacidad:

  • ¿Quién es el responsable de tratamiento de sus datos?
  • ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DE TRANSPORTES, LOGÍSTICA, APARCAMIENTOS Y ACTIVIDADES AFINES DE ASTURIAS (ASETRA) – JERÓNIMO IBRÁN, 1-1ºB – 33001 – OVIEDO – Contacto con el Delegado de Protección de Datos: rgpd@asetra.es
  • ¿Con qué finalidad tratamos sus datos personales? (*) La relación actualizada de actividades de ASETRA está a su disposición en www.asetra.es y/o mediante solicitud al mail rgpd@asetra.es         .
  • Oferta y Gestión Comercial de los productos y servicios de la organización
  • Uso interno, realización de operaciones y gestión administrativa, económica y contable derivada de la relación con el titular (relación formativa/contractual/negocial/colaboracional)
  • Gestión de la Contratación y prestación de servicios de la organización, así como del cumplimiento de requisitos contractuales y normativos vinculados a la organización u operación solicitada.
  • Gestión del Contacto con el interesado a través de los medios de comunicación facilitados (mail, dirección postal y/o teléfono) a fin de concertar reuniones y visitas, gestionar las consultas que nos haga llegar a través de los canales habilitados a tal efecto, gestionar avisos, comunicaciones relativas al servicio (envío de documentación técnica, documentación administrativa, facturas, gestión pagos y cobros), coordinación actividades, solicitud autorización uso instalaciones, resolución de incidencias y coordinar actuaciones derivadas de los servicios que nos solicite por parte de personas relacionadas con la organización y/o por encargados de tratamiento contratados por la misma para las finalidades legitimadas y/o consentidas.
  • Gestión y trámites inherentes a la bonificación de la Seguridad Social para la ejecución de cursos formativos susceptibles de formación.
  • Envío de comunicaciones comerciales sobre productos o servicios similares a los contratados por el alumno con el que exista una relación contractual previa, legitimados conforme al artículo 21 la LSSICE.
  • La comunicación de sus datos al CENTRO DE SERVICIOS EMPRESARIALES Y FORMACIÓN DEL TRANSPORTE, S.L. (CFT) para el contacto y envío de comunicaciones personales, relacionadas con los servicios/actividad ofrecidos por CFT, y que pudieran ser considerados de su interés a través de los medios de comunicación facilitados en la medida en que nos lo hubiera consentido inequívocamente.
  • Atención a sus consultas y solicitudes: Gestión de Respuesta a Consultas, Reclamaciones o Incidencias, Solicitudes de Información, Recursos y/o de Actividades.
  • Control de calidad sobre nuestros productos y servicios, gestión de la Calidad de procesos y actividades, así como la evaluación de los resultados de satisfacción/percepción y rendimiento de los grupos de interés de la organización.
  • Aportación de evidencias de justificación de campañas, actividades, promociones, concursos, proyectos y subvenciones en los que participe la organización
  • Gestión del Cumplimiento Normativo (normativa aplicable así como normativa interna de obligado cumplimiento): Investigación, monitorización y auditoría de controles establecidos para la prevención de delitos pudiendo establecerse los controles de acceso a las instalaciones, así como incumplimientos de normativa, delitos o comportamientos ilícitos.
  • Evaluación de Solvencia Patrimonial y Crédito a fin de confirmar la viabilidad económica de la operación solicitada, así como, en su caso, la comunicación y gestión asociada a la reclamación de las cuantías acordadas por la prestación del servicio.
  • Consultar los sistemas de exclusión publicitaria que pudieran afectar a su actuación, excluyendo del tratamiento los datos de los afectados que hubieran manifestado su oposición o negativa al mismo a través de la consulta de los sistemas de exclusión publicitaria publicados por la autoridad de control competente.
  • Gestión asociada, incluida su comunicación con carácter previo, que pudiera derivarse del desarrollo de cualquier operación de modificación estructural de sociedades o la aportación o transmisión de negocio o de rama de actividad empresarial, siempre que los tratamientos fueran necesarios para el buen fin de la operación y garanticen, cuando proceda, la continuidad en la prestación de servicios.
  • Inclusión en los sistemas de canal de denuncias de los datos asociados a la puesta en conocimiento (incluso de forma anónima) de la comisión en el seno de la organización o en la actuación de terceros que contratasen con ella, de actos o conductas que pudieran resultar contrarios a la normativa general o sectorial que le fuera aplicable.
  • Fines estadísticos e históricos que nos permitan mejorar la estrategia comercial de nuestros productos y servicios.
  • La gestión y auditoría de los sistemas de gestión y cumplimiento normativos de procesos e instalaciones de la organización
  • La publicación y/o comunicación de material gráfico ( imagen/logo/video) en medios de comunicación corporativos (por ejemplo, web, redes sociales, boletines informativos, memoria de actividad, reportajes) y/u otros medios de comunicación pública (publicaciones sectoriales y/o reportajes en prensa escrita, TV, ….), como difusión de los resultados de la actividad, promoción, gestión de campañas, actividades y eventos y/o como acreditación de solvencia técnica ante solicitudes de evidencias de justificación en procesos de licitación, ofertas técnicas, proyectos y subvenciones en los que participe ASETRA.
  • Análisis de Perfiles, en la medida en que nos hubiera consentido inequívocamente «Con el fin de poder ofrecerle productos y servicios de acuerdo con sus intereses, así como mejorar su experiencia de usuario, elaboraremos un “perfil”, en base a la información facilitada. No se tomarán decisiones automatizadas en base a dicho perfil».
  • Gestión de Visitas, así como de la seguridad y el cumplimiento normativo en las mismas, preservar la seguridad de las personas y bienes e instalaciones, la investigación de posibles incidentes o accidentes, gestión de seguros asociados y gestión de apercibimientos o sanciones por incumplimientos de normas de seguridad.
  • Atención a sus consultas y solicitudes: Gestión de Respuesta a Consultas, Reclamaciones o Incidencias, Solicitudes de Información técnica o corporativa, Recursos y/o de Actividades, y en caso de que haya consentido, para las finalidades descritas en los consentimientos adicionales
  • Contacto con el interesado a través de los medios de comunicación facilitados (mail, dirección postal y/o teléfono) a fin de gestionar las consultas que nos haga llegar a través de los canales habilitados a tal efecto, gestionar avisos y coordinar actuaciones derivadas de los servicios que nos solicite por parte de personas relacionadas con ASETRA y/o por encargados de tratamiento relacionados con la misma para las finalidades legitimadas y/o consentidas.
  • Gestión de inscripción en jornadas y eventos de ASETRA
  • Gestión de la suscripción al boletín de ASETRA.
  • Uso interno, Gestión comercial y relacional, Realización de operaciones y Gestión administrativa, económica y contable derivada de la relación con el proveedor/colaborador
  • Comunicaciones y Consultas sobre oferta comercial y/o evolución del servicio solicitado: Solicitud de precios, tiempo de fabricación, confirmación de pedido, condiciones, confirmación del pedido, actualización del estado del pedido, gestión logística,…
  • Gestión de la Contratación y prestación de servicios por parte del proveedor/colaborador, así como del cumplimiento de requisitos contractuales y normativos vinculados a la organización u operación solicitada
  • Gestión de la Selección, Homologación y Contratación de Proveedores/Colaboradores y verificación de cumplimiento normativo. Clasificación transitarios/proveedores
  • Gestión de la Seguridad y salud (prevención de riesgos laborales y coordinación de actividades empresariales), así como la evaluación de su cumplimiento
  • Gestión de Respuesta a Consultas, Reclamaciones o Incidencias, Solicitudes de Información, Recursos y/o de Actividades que pudiera formular el interesado y/o un tercero relacionado con la organización en relación con los trabajos y/o servicios prestados por el proveedor/colaborador a la organización.
  • Control horario y/o presencial o de asistencia y monitorización a través de registro de accesos y confirmación del desempeño funcional tanto en las instalaciones de la organización como en instalaciones de terceros en los que el interesado llevase a cabo funciones de prestación de servicios a la organización (vigilancia y control para verificar el cumplimiento por parte del proveedor/colaborador de las obligaciones contractuales).
  • Gestión de la Calidad de procesos y actividades, así como la evaluación de los resultados de satisfacción/percepción y rendimiento de los grupos de interés de la organización. Realización de encuestas.
  • Gestión del Cumplimiento Normativo (normativa aplicable así como normativa interna de obligado cumplimiento): Investigación, monitorización y auditoría de controles establecidos para la prevención de delitos pudiendo establecerse los controles de acceso a las instalaciones, sistemas de información e impresión de documentación para todos los datos de carácter personal bajo responsabilidad de la organización y por lo tanto para todos los sistemas de información de dicha entidad, así como incumplimientos de normas laborales, delitos o comportamientos ilícitos.
  • Gestión del Contacto con el interesado a través de los medios de comunicación corporativos facilitados por la organización (mail y/o teléfono) a fin de gestionar avisos y coordinar actuaciones por parte de personas relacionadas con la organización, así como facilitando dichos medios a terceros que solicitasen el contacto con el interesado. En los casos en los que el interesado lo consienta de forma inequívoca, se podrá llevar a cabo la utilización y facilitación de los medios de contacto privados (mail y teléfonos particulares) a personas relacionadas con la organización y a terceros que lo solicitasen.
  • Fines estadísticos, históricos: estadísticas e indicadores de desempeño, seguridad y salud.., así como histórico de relación profesión con la organización
  • Control de accesos, así como de la seguridad y el cumplimiento normativo en las mismas, preservar la seguridad de las personas y bienes e instalaciones, así como para el ejercicio de las funciones de control de los trabajadores previstas en el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores, la investigación de posibles incidentes o accidentes, gestión de seguros asociados y gestión de apercibimientos o sanciones por incumplimientos de normas de seguridad.
  • La gestión y auditoría de sistemas de gestión y/o gestión de seguridad laboral y cumplimiento normativo de procesos e instalaciones de la organización, así como la reserva del derecho de realizar auditorías periódicas en sus instalaciones como parte de los acuerdos alcanzados en la relación comercial, en los casos en los que el interesado lo consienta de forma inequívoca.
  • Evidenciar el Cumplimiento Normativo de la Organización ante un tercero que lo requiera: Comunicación a terceros de aquellos datos relativos al interesado que sean requeridos por estos a fin de cumplir con la coordinación de actividades empresariales, evidenciar cumplimiento normativo de la organización y de la normativa interna del tercero y/o para la gestión del acceso a instalaciones. En los casos en los que el interesado lo consienta de forma inequívoca, se podrá llevar a cabo la comunicación de aquella información/documentación requerida por el tercero que no estén explícitamente recogidas en las obligaciones normativas o legales establecidas, sino en la normativa interna del tercero.
  • Aportación de evidencias de justificación de campañas, actividades, promociones, concursos, proyectos y subvenciones en los que participe la organización
  • Gestión asociada, incluida su comunicación con carácter previo, que pudiera derivarse del desarrollo de cualquier operación de modificación estructural de sociedades o la aportación o transmisión de negocio o de rama de actividad empresarial, siempre que los tratamientos fueran necesarios para el buen fin de la operación y garanticen, cuando proceda, la continuidad en la prestación de servicios.
  • Inclusión en los sistemas de canal de denuncias de los datos asociados a la puesta en conocimiento (incluso de forma anónima) de la comisión en el seno de la organización o en la actuación de terceros que contratasen con ella, de actos o conductas que pudieran resultar contrarios a la normativa general o sectorial que le fuera aplicable.
  • ¿Cuánto tiempo conservamos sus datos?
  • Sus Datos serán conservados mientras se mantenga vigente la relación de licitud de tratamiento, en base a los plazos de conservación establecidos por la normativa vigente, así como los plazos legal o contractualmente previstos para el ejercicio o prescripción de cualquier acción de responsabilidad por incumplimiento contractual por parte del interesado o de la Organización (reforma del Código Civil establece un plazo de cinco años para poder llevar a cabo una acción por responsabilidad civil, plazo que computa desde la fecha en que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación).En cualquier caso, al término de la relación los Datos del interesado serán debidamente bloqueados, según lo previsto en la normativa vigente de protección de datos.
  • Documentación Contable y Fiscal – A efectos Fiscales: Los libros de contabilidad y otros libros registros obligatorios según la normativa tributaria que proceda (IRPF, IVA, IS, etc), así como los soportes documentales que justifiquen las anotaciones registradas en los libros (incluidos los programas y archivos informáticos y cualquier otro justificante que tengan trascendencia fiscal), deben conservarse, al menos, durante el periodo en que la Administración tiene derecho a comprobar e investigar y, en consecuencia, a liquidar deuda tributaria: periodo de prescripción infracciones 10 años.
  • Documentación Contable y Fiscal – A efectos Mercantiles: Libros, correspondencia, documentación y justificaciones concernientes a su negocio, debidamente ordenados a partir del último asiento realizado en los libros, salvo lo que se establezca por disposiciones generales o especiales. Esta obligación mercantil se extiende tanto a los libros obligatorios (ingresos, gastos, bienes de inversión y provisiones además de la documentación y justificantes en que se soporten las anotaciones registradas en los libros (facturas emitidas y recibidas, tickets, facturas rectificativas, documentos bancarios, etc) (Art.30 Código de Comercio) – 6 años.
  • Documentación de Prevención de Riesgos Laborales – Documentación sobre información y formación a los trabajadores. Expedientes de accidentes laborales o enfermedades profesionales (RD Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social) – 5 años.
  • Ficheros de Solvencia: Datos referidos a deudas ciertas, vencidas y exigibles y no reclamadas ( 20 de LOPDGDD) – mientras persista el incumplimiento, con el límite máximo de cinco años desde la fecha de vencimiento de la obligación dineraria, financiera o de crédito – 5 años
  • Las imágenes/sonidos captados por los sistemas de videovigilancia serán suprimidos en el plazo máximo de un mes desde su captación, salvo cuando hubieran de ser conservados para acreditar la comisión de actos que atenten contra la integridad de personas, bienes o instalaciones (en cuyo caso, las imágenes serán puestas a disposición de la autoridad competente en un plazo máximo de 72 horas desde que se tuviera conocimiento de la existencia de la grabación), o estén relacionadas con infracciones penales o administrativas graves o muy graves en materia de seguridad pública, con una investigación policial en curso o con un procedimiento judicial o administrativo abierto (Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la AEPD, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras y Art.22 LOPDGDD) – 30 días.
  • Los datos incluidos en los ficheros automatizados creados para controlar el acceso a edificios (Instrucción 1/1996, de 1 de Marzo, de la AEPD, sobre Ficheros automatizados establecidos con la finalidad de controlar el acceso a edificios) – 30 días
  • Documentación pública relativa a las ofertas presentadas en el procedimiento de contratación de la licitación, conforme al pliego de condiciones administrativas particulares, presentada la oferta por el licitador, este vendrá obligado a mantener la misma durante 4 meses desde su recepción. Adjudicado el contrato y expirado el plazo para la presentación de recursos sin que estos hayan sido interpuestos, la documentación acreditativa de cumplimiento de requisitos previos quedará a disposición de los licitadores. Si éstos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Autoridad Portuaria de Avilés no estará obligada a seguir custodiándola, pudiendo devolverla a los licitadores, a costa de éstos. Si ésta devolución no es posible podrá acordarse su destrucción levantando el correspondiente acta donde se hará constar la relación de todos y cada uno de los documentos que son objeto de destrucción, incorporándose la misma en el expediente.
  • Documentación pública relativa al procedimiento de adjudicación, conforme a los plazos de prescripción penal (en base al acogimiento del principio de prudencia) se proponen plazos de hasta 20 años.
  • Los datos tratados en relación con la garantía legal serán conservados durante la vigencia de la garantía legal y expirada la vigencia de la misma, durante el plazo que pudiera haber una reclamación judicial o administrativa en relación con la garantía legal.
  • Los datos tratados para la remisión de comunicaciones comerciales serán conservados hasta que revoque el consentimiento otorgado.
  • Los datos de quien formule la comunicación de una denuncia y de los empleados y terceros se conservan en el sistema de denuncias para decidir sobre la procedencia de iniciar una investigación sobre los hechos denunciados así como posteriormente como evidencia del funcionamiento del modelo de prevención de la comisión de delitos por la persona jurídica, conforme a lo establecido en el artículo 24 de la LOPDGDD.

 

  • ¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos? La base legal para el tratamiento de sus datos es:
  • La base legal para el tratamiento de sus datos es el cumplimiento de la solicitud que nos formula. Los datos solicitados son necesarios para la correcta prestación del mismo.
  • La ejecución de un contrato, solicitud, oferta, pedido y/o contrato comercial, para lo cual los datos facilitados se podrán comunicar a terceros que nos proporcionen, en su caso, productos y/o servicios específicos que fueran necesarios para la gestión de la prestación de servicios contratada, a fin de atender adecuadamente, en su caso, a las garantías y responsabilidades de los productos y servicios que suministra.
  • Cumplir con una obligación jurídica: Normativa administrativa, mercantil, tributaria, fiscal, contable, civil y financiera, legislación vigente en materia laboral, prevención de riesgos laborales (coordinación de actividades empresariales) y de seguridad social y legislación de defensa de consumidores y usuarios, así como la normativa inherente a la operación contratada y la asociada al sector.
  • Satisfacer un interés legítimo del Responsable: Tratamiento de datos como partes de una relación comercial y/o contrato, que sean necesarios para su mantenimiento o cumplimiento, prevención del fraude, supuestos de interés legítimo en los que el responsable pudiera ser parte perjudicada y fuera necesario el tratamiento y la comunicación de los datos del incumplidor a terceros a fin de gestionar el cumplimiento normativo y la defensa de los intereses del responsable de tratamiento así como el interés legítimo de marketing directo habilitado por la LSSICE (envío de comunicaciones electrónicas comerciales sobre productos o servicios similares a los contratados por el cliente con el que exista una relación contractual previa). Tratamientos con fines de videovigilancia como interés legítimo de la empresa en la protección de sus activos, Facultad de control legitimada por el Art. 20.3 y 4 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET), que expresamente faculta al empresario a adoptar medidas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por los trabajadores de sus obligaciones laborales, el cumplimiento normativo, la prevención del fraude o la investigación de accidentes o incidentes laborales para lo cual podrá utilizar las imágenes de las cámaras de videovigilancia instaladas, así como los datos de los dispositivos que pudiera instalar de geolocalización en dispositivos electrónicos facilitados por la organización y/o vehículos para las que resulte relevante conocer donde se encuentra la persona y/o el vehículo para la gestión de un proyecto, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su caso, así como supuestos de interés legítimo de tratamientos específicos contemplados en la LOPDGDD: Artículo 19. Tratamiento de datos de contacto y de empresarios individuales; Artículo 20. Sistemas de información crediticia; Artículo 22. Tratamientos con fines de videovigilancia; Artículo 23 Sistemas de exclusión publicitaria; Artículo 24 Sistemas de información de denuncias internas).
  • En el caso de datos de candidatos que faciliten su currículum, la base de legitimación del tratamiento es el cumplimiento de la solicitud de incorporación a la bolsa de empleo del interesado a través de la autocandidatura del interesado mediante la remisión de su cv por medio de los canales de contacto de la organización y/o de empresas de selección contratadas para la selección de candidatos a vacantes o puestos de trabajo, así como satisfacer un interés legítimo del Responsable: prevención del fraude y supuestos de interés legítimo en los que el responsable pudiera ser parte perjudicada y fuera necesario el tratamiento y la comunicación de los datos ante incumplimientos a terceros a fin de gestionar el cumplimiento normativo y la defensa de los intereses del responsable de tratamiento.
  • El consentimiento del interesado que nos haya facilitado de forma inequívoca a través de medios formales y/o marcando las casillas habilitadas a tal efecto en las cláusulas de protección de datos habilitadas en el documento base que haya regulado la relación comercial en función del canal de contacto.
  • ¿A qué destinatarios se pueden comunicar sus datos?
  • Organizaciones o personas directamente contratadas por el Responsable de Tratamiento para la prestación de servicios vinculados con las finalidades de tratamiento: departamentos de Secretaría General, Económico Financiero (cobros o abonos), Infraestructuras (presupuestos) y Policía Portuaria (atestados), así como Colaboradores, Entidades contratadas para la ejecución de procedimientos/servicios objeto de solicitud o consulta, Entidades de mantenimiento informático, mantenimiento y soporte del registro y de la sede electrónica de la Autoridad Portuaria, Servicio de Asesoramiento en Sistema de Riesgos Penales, Mantenimiento sistema videovigilancia y Empresas de seguridad
  • Organismos u órganos de la Administración Pública con competencias en las materias objeto de las finalidades del tratamiento: Administraciones Públicas [AEAT (Ley General Tributaria), IGAE Y Tribunal de Cuentas (RDL 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante), Otros Órganos de la Administración del Estado, Tribunal de Cuentas o equivalente autonómico, Órganos Judiciales, Abogacía del Estado, Intervención de la Administración del Estado, Puertos del Estado, el Servicio Regional de Recaudación (deudas en apremio), la Jefatura Provincial de Tráfico y Capitanía Marítima, así como en su caso juzgados y tribunales y a cuantas Instituciones y Organismos proceda de acuerdo con la legislación vigente, así como a entidades públicas en el ámbito de sus competencias, por obligación legal.
  • Entidades Financieras: Gestión de cobro efectos y otros medios de pago.
  • Representantes de los Trabajadores/Coordinación de Seguridad y Salud, Auditores externos: Conforme a Cumplir con el R.D. 171/2004 – Acreditación entrega riesgos por Coordinación de Actividades Empresariales.
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: En la medida en que fuera requerido un derecho de acceso justificado en la investigación de un incumplimiento normativo. En caso de requerimiento judicial.
  • Canal de Denuncias Compliance (Las denuncias sobre vulneración de las normas de protección de datos son transmitidas al “Compliance Officer”).
  • Se pueden llevar a cabo transferencias internacionales de sus datos como consecuencia de la comunicación que la Autoridad Portuaria de Avilés pudiera realizar EMSA (Agencia Europea de Seguridad Marítima) en el ejercicio de sus funciones de seguridad portuaria y marítima.
  • Entidades Financieras (especificar): Entidad bancaria donde se ha establecido la cuenta corriente de cobro de indemnizaciones o bien abono de daños.
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: En la medida en que fuera requerido un derecho de acceso justificado en la investigación de un incumplimiento normativo. En caso de requerimiento judicial.
  • El dueño del establecimiento, por interés legítimo en la protección de los activos bajo su propiedad
  • Entidades Aseguradoras: En caso de siniestro, incidente o accidente se facilita a entidades aseguradoras para la investigación del suceso a fin de delimitar alcance y cobertura de la prima de seguro contratada por el responsable de tratamiento.
  • Asimismo pueden estar implicadas, además de los propios interesados, las compañías aseguradoras (propias de la Autoridad Portuaria de Avilés o bien de los interesados, o a aquellas personas físicas o jurídicas autorizadas a las que nos haya consentido de forma inequívoca.
  • Canal de Denuncias Compliance (Las denuncias sobre vulneración de normativa y código de conducta son transmitidas a la Unidad de Cumplimiento Normativo): El acceso a los datos contenidos en estos sistemas quedará limitado exclusivamente a quienes, incardinados o no en el seno de la entidad, desarrollen las funciones de control interno y de cumplimiento, o a los encargados del tratamiento que eventualmente se designen a tal efecto. No obstante, será lícito su acceso por otras personas, o incluso su comunicación a terceros, cuando resulte necesario para la adopción de medidas disciplinarias o para la tramitación de los procedimientos judiciales que, en su caso, procedan.
  • Conforme a lo establecido en la LOPDGDD, los órganos y organismos del Sector Público pueden comunicar los datos personales de los administrados a sujetos de derecho privado que lo soliciten: a) o bien cuando cuenten con el consentimiento de los administrados. b) o bien, cuando aprecien que concurre en el sujeto privado solicitante un interés legítimo que prevalezca sobre los derechos e intereses de los administrados concernidos.
  • ¿Bajo qué garantías se comunican sus datos?
  • La comunicación de datos a terceros se realiza a entidades que acrediten la disposición de un Sistema de Protección de Datos de Carácter Personal acorde a la legalidad vigente.
  • ¿Cuáles son sus derechos?
  • Tiene derecho a obtener confirmación sobre si estamos tratando datos personales que les conciernan, o no.
  • Las personas interesadas tienen derecho a acceder a sus datos personales*, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos. No resulta posible el ejercicio del derecho de rectificación en el caso del tratamiento de videovigilancia ya que por la naturaleza de los datos -imágenes tomadas de la realidad que reflejan un hecho objetivo-, se trataría del ejercicio de un derecho de contenido imposible.
  • En determinadas circunstancias, los interesados podrán solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso únicamente los conservaremos para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
  • En determinadas circunstancias y por motivos relacionados con su situación particular, los interesados podrán oponerse al tratamiento de sus datos, en cuyo caso el Responsable de Tratamiento dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.
  • En virtud del derecho a la portabilidad, los interesados tienen derecho a obtener los datos personales que les incumben en un formato estructurado de uso común y lectura mecánica y a transmitirlos a otro responsable.
  • En el caso de que haya otorgado el consentimiento para alguna finalidad específica, tiene derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada.

(*) En base a la aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (LTAIP), en relación con el acceso a la información que contenga datos personales, se consideran los siguientes aspectos:

Por otra parte, en materia de protección de datos personales, el art. 28 del Real Decreto 1708/2011 establece las siguientes reglas específicas para la Administración General del Estado:

 

  • ¿Dónde dirigirse para ejercitar sus derechos?
  • Si desea ejercitar sus derechos, por favor, diríjase al canal establecido para el ejercicio de derechos por parte del responsable de tratamiento: rgpd@asetra.es a fin de que podamos dar respuesta a su solicitud de forma gestionada.
  • ¿Qué información es requerida para ejercitar sus derechos?
  • Para ejercitar sus derechos, necesitamos acreditar su identidad y la petición concreta que nos formula, por cuanto le solicitamos la siguiente información:
  • Información documentada (escrito/correo electrónico) de la petición en la que se concreta la solicitud.
  • Acreditación de identidad como titular de datos objeto de ejercicio (Nombre, apellidos del interesado y fotocopia del DNI del interesado y/o de la persona que lo represente, así como el documento acreditativo de tal representación (representante legal, en su caso).
  • En el caso de ejercicio de derechos relacionados con datos de personas fallecidas:
  • Cuando el responsable de tratamiento tenga dudas razonables en relación con la identidad de la persona física que cursa la solicitud, podrá solicitar que se facilite la información adicional necesaria para confirmar la identidad del interesado.
  • Dirección a efectos de notificaciones, fecha y firma del solicitante (en caso de escrito), o nombre completo y apellidos (en caso de correo electrónico), o bien validación de la solicitud en zona privada del canal de comunicación con clave personal de autenticación de su identidad)
  • Al ejercer el derecho de rectificación reconocido en el artículo 16 del RGPD, el afectado deberá indicar en su solicitud a qué datos se refiere y la corrección que haya de realizarse. Deberá acompañar, cuando sea preciso, la documentación justificativa de la inexactitud o carácter incompleto de los datos objeto de tratamiento.
  • Así mismo, cuando tratemos una gran cantidad de datos relativos al afectado y ejercitase su derecho de acceso sin especificar si se refiere a todos o a una parte de los datos, el responsable podrá solicitarle, antes de facilitar la información, que el afectado especifique los datos o actividades de tratamiento a los que se refiere la solicitud.
  • ¿Cuál es el Procedimiento General de Ejercicio de sus derechos? Una vez recibida la información requerida procederemos a dar respuesta a su solicitud conforme al procedimiento general de ejercicio de derechos de la Autoridad Portuaria de Avilés:
  • El responsable del tratamiento facilitará al interesado información relativa a sus actuaciones sobre la base de una solicitud con arreglo a los artículos 15 a 22 (Derechos del interesado), y, en cualquier caso, en el plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud.
  • Dicho plazo podrá prorrogarse otros dos meses en caso necesario, teniendo en cuenta la complejidad y el número de solicitudes.
  • El responsable informará al interesado de cualquiera de dichas prórrogas en el plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud, indicando los motivos de la dilación.
  • Cuando el interesado presente la solicitud por medios electrónicos, la información se facilitará por medios electrónicos cuando sea posible, a menos que el interesado solicite que se facilite de otro modo.
  • Sólo en los casos en los que los sistemas de tratamiento del responsable así lo permitan, el derecho de acceso se podrá facilitar a través de un sistema de acceso remoto, directo y seguro a los datos personales que garantice, de modo permanente, el acceso a su totalidad. A tales efectos, la comunicación por el responsable al afectado del modo en que éste podrá acceder a dicho sistema bastará para tener por atendida la solicitud de ejercicio del derecho. No obstante, el interesado podrá solicitar del Responsable de Tratamiento la información referida a los extremos previstos en el artículo 15.1 del RGPD que no se incluyese en el sistema de acceso remoto.
  • Si el responsable del tratamiento no da curso a la solicitud del interesado, le informará sin dilación, y a más tardar transcurrido un mes de la recepción de la solicitud, de las razones de su no actuación y de la posibilidad de presentar una reclamación ante una autoridad de control y de ejercitar acciones judiciales.
  • La información facilitada será de carácter gratuito, salvo canon razonable por costes administrativos. Cuando el afectado elija un medio distinto al que se le ofrece que suponga un coste desproporcionado, la solicitud será considerada excesiva, por lo que dicho afectado asumirá el exceso de costes que su elección comporte. En este caso, solo será exigible al Responsable del Tratamiento la satisfacción del derecho de acceso sin dilaciones indebidas.
  • El responsable de tratamiento podrá negarse a actuar respecto de la solicitud, si bien soportará la carga de demostrar el carácter manifiestamente infundado o excesivo de la solicitud. A los efectos establecidos en el artículo 12.5 del RGPD se podrá considerar repetitivo el ejercicio del derecho de acceso en más de una ocasión durante el plazo de seis meses, a menos que exista causa legítima para ello.
  • En los casos en los que proceda al ejercicio de rectificación o supresión, se procederá al bloqueo de sus datos: El bloqueo de los datos consiste en la identificación y reserva de los mismos, adoptando medidas técnicas y organizativas, para impedir su tratamiento, incluyendo su visualización, excepto para la puesta a disposición de los datos a los jueces y tribunales, el Ministerio Fiscal o las Administraciones Públicas competentes, en particular de las autoridades de protección de datos, para la exigencia de posibles responsabilidades derivadas del tratamiento y sólo por el plazo de prescripción de las mismas. Transcurrido ese plazo se procederá a la destrucción de los datos. Los datos bloqueados no podrán ser tratados para ninguna finalidad distinta de la señalada en anteriormente. (art. 16 RGPD y art.32 LOPDGDD).
  • Cuando la supresión derive del ejercicio del derecho de oposición con arreglo al artículo 21.2 del RGPD, el Responsable de Tratamiento podrá conservar los datos identificativos del afectado necesarios con el fin de impedir tratamientos futuros para fines de mercadotecnia directa. En los casos en los que no desee que sus datos sean tratados para la remisión de comunicaciones comerciales, le remitimos a los sistemas de exclusión publicitaria existentes, conforme a la información publicada por la autoridad de control competente (AEPD) en su sede electrónica aepd.es
  • En los casos en los que el tratamiento de los datos personales esté limitado constará claramente en los sistemas de información del Responsable de Tratamiento.
  • Ante la existencia de una deuda cierta, vencida y exigible, se remite una comunicación al deudor a en el momento de requerir el pago acerca de la posibilidad de inclusión en dichos sistemas (tratamientos de morosidad de la organización), con indicación de aquéllos en los que participe (entidades de gestión de cobro para la gestión de la reclamación pertinente …) en el caso de no ser resuelta la deuda en un plazo máximo de 15 días desde la notificación de la insolvencia, se informa sobre la posibilidad de ejercitar los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del RGPD dentro de los treinta días siguientes a la notificación de la deuda al sistema, permaneciendo bloqueados los datos durante ese plazo.
  • Las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho así como sus herederos podrán dirigirse al responsable o encargado del tratamiento al objeto de solicitar el acceso a los datos personales de aquella y, en su caso, su rectificación o supresión. Como excepción, las personas a las que se refiere el párrafo anterior no podrán acceder a los datos del causante, ni solicitar su rectificación o supresión, cuando la persona fallecida lo hubiese prohibido expresamente o así lo establezca una ley. Dicha prohibición no afectará al derecho de los herederos a acceder a los datos de carácter patrimonial del causante.
  • El artículo
  • A fin de cumplir con la normativa vigente en materia de videovigilancia Inst. 1/2006 de la AEPD, le informamos que el plazo de conservación de las grabaciones es de 1 mes, por cuanto no podremos atender solicitudes formalizadas en plazos posteriores. Así mismo para evitar la afección a derechos de terceros, en el caso de solicitud de acceso, procederemos a emitir un certificado en el que, con la mayor precisión posible y sin afectar a derechos de terceros, se especifiquen los datos que han sido objeto de tratamiento. Ej. “Su imagen fue registrada en nuestros sistemas el día ___ del mes del año entre las _ horas y las _ horas. En concreto el sistema registra su acceso y salida del edificio
  • ¿Qué vías de reclamación existen?
  • Si considera que sus derechos no se han atendido debidamente, tiene derecho a presentar una reclamación ante la autoridad de protección de datos competente (agpd.es).

 

  • ¿Cómo hemos obtenido sus datos? A través de:
  • El propio interesado o su representante legal.
  • Terceros con los que el responsable de tratamiento mantiene de una relación negocial o de prestación de servicios y para lo cual ha de disponer de sus datos personales a fin de tramitar o gestionar su acceso, incorporación al proceso/servicio objeto y/o para cumplir con nuestros compromisos organizacionales y obligaciones normativas asociados al servicio objeto de prestación y/o para la verificación del cumplimiento normativo bajo responsabilidad de la organización (pej, datos personales de beneficiarios, trabajadores y/o terceros vinculados a entidades que reciben servicios de la Autoridad Portuaria de Avilés, datos personales de trabajadores y/o terceros vinculados a entidades concesionarias o autorizadas).
  • A través de la entidad oferente/licitante/adjudicataria/proveedora/contratista que facilita datos personales de personas de la organización a fin de confirmar requisitos de solvencia técnica y adscripción de medios, gestionar su acceso, incorporación al proyecto/servicio objeto, la gestión administrativa, operacional y/o verificación del cumplimiento normativo bajo responsabilidad de la organización (pej, datos personales de los representantes legales de la entidad y/o de las personas involucradas en el proyecto (currículum vitae) y/o referencias personales de trabajos previos a fin de acreditar solvencia técnica y adscripción de medios y, en su caso, datos personales relativos a trabajadores que vayan a efectuar los trabajos contratados por razón del contrato en el caso de subrogación y por coordinación de actividades empresariales coordinación de actividades empresariales asociados a la prevención de riesgos laborales).
  • En el caso de Incidencias: por los propios cedentes, por identificación a requerimiento de los agentes, o bien tras requerimiento a la Jefatura Provincial de Tráfico, como consecuencia de su acceso a la zona de servicio del puerto y que por sus acciones u omisiones puedan ser causar daños a la APA. En caso de empresas, por medio de los consignatarios o de los registros disponibles en la Autoridad Portuaria de Avilés (Registro de Clientes). En caso de buques, bien por el consignatario o bien por oficio a la Capitanía Marítima Avilés.
  • En el caso de Responsabilidad Patrimonial: a instancia del propio afectado, o bien a través de compañías aseguradoras como consecuencia de que la APA haya podido ocasionar cualquier daño que no esté obligado a soportar.
  • En el caso de infracciones: Propios cedentes por identificación a requerimiento de los agentes o bien por oficio a la Jefatura Provincial de Tráfico, como consecuencia de su acceso a la zona de servicio del puerto y que por sus acciones u omisiones puedan ser denunciados por agentes de la Policía Portuaria o por otros responsables de la Autoridad Portuaria de Avilés. En caso de empresas, por medio de los consignatarios o de los registros disponibles en la Autoridad Portuaria de Avilés (Registro de Clientes). En caso de buques, bien por el consignatario o bien por oficio a la Capitanía Marítima Avilés.

 

  • ¿Qué categoría de datos tratamos?
  • Datos identificativos y de contacto, así como relacionados con la Solicitud de Tramitación Electrónica, Solicitud de Información, Recursos y/o de Actividades, Consultas, Reclamaciones o Incidencias, Solicitudes de Información, Recursos y/o de Actividades que nos formula contenidos en la instancia/solicitud/formulario, la que pudiera adjuntar a dichos trámites, así como los datos personales de terceros que nos pudiera facilitar.
  • Datos Usuarios/Clientes: Datos de carácter identificativo (DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono), circunstancias sociales, (licencias/permisos/autorizaciones/actividades y negocios, licencias comerciales), información comercial, económicos y financieros (datos bancarios), transacciones de bienes y servicios. No contiene datos sensibles, salvo en los casos en los que el titular sea beneficiario de condiciones especiales y haya de facilitar registros que permitan acreditar o justificar el cumplimiento de dicha condición.
  • Datos de Concesiones/Autorizaciones: Datos de carácter identificativo (DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono), circunstancias sociales, (licencias/permisos/autorizaciones/actividades y negocios, licencias comerciales), económicos y financieros (datos bancarios).
  • Datos de proveedores/licitadores/adjudicatarios:
  • Datos mercantiles, de personas de contacto para la gestión administrativa y operacional asociada a la ejecución del contrato/proyecto y de trabajadores que vayan a efectuar los trabajos contratados en términos de coordinación de actividades empresariales asociados a la prevención de riesgos laborales; En el caso de trabajadores que vayan a efectuar los trabajos contratados en términos de coordinación de actividades empresariales asociados a la prevención de riesgos laborales; Licencias u homologaciones, en el caso de trabajadores que vayan a efectuar los trabajos contratados en términos de coordinación de actividades empresariales asociados a la prevención de riesgos laborales; Datos de información comercial y homologación; Datos económico, financieros y/o de condiciones de cobro; Bienes y servicios suministrados por el afectado, Transacciones financieras; Otro tipo de datos: Nombre, apellidos y NIF de representante legal, datos de contacto de personas de la organización involucradas o relacionadas con el proyecto objeto del contrato/pedido.
  • Datos de videovigilancia y Registro de Accesos: Imagen, datos identificativos, fecha y hora de acceso/salida a/de la instalación.
  • La estructura de datos que tratamos no contiene datos relativos a condenas e infracciones penales, ni datos especialmente protegidos, salvo en los casos en los que el titular disponga de condiciones especiales y haya de facilitar documentación que incorpore dicha información a fin de que pueda ser acreditado o justificado el cumplimiento de dicha condición.
  • Los datos que pudieran derivarse de posibles incumplimientos que pudieran incorporar datos relativos a condenas e infracciones penales estarían incorporados en el tratamiento “Infractores”. Los datos potencialmente sensibles relativos a incidentes, accidentes o daños recibidos o causados por la Autoridad Portuaria estarían incorporados en el tratamiento «Incidencias y Responsabilidad Patrimonial».
  • Datos de incidencias/responsabilidad patrimonial: Datos de carácter identificativo (DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección postal), económicos y financieros (datos bancarios cuenta abono), hechos denunciados, así como en su caso, datos del vehículo, matrícula y propietario. Puede contener datos sensibles relativos a incidentes, accidentes o daños recibidos o causados por el titular o por terceros.
  • Datos de infracciones: Datos de carácter identificativo (DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección postal), económicos y financieros (datos bancarios cuenta abono), hechos denunciados, así como en su caso, datos del vehículo, matrícula y propietario. Puede contener datos sensibles relativos a incidentes, accidentes o daños causados por el infractor a terceros, así como en aquellos casos en los que el infractor sea beneficiario de condiciones especiales y haya de facilitar registros que permitan acreditar o justificar el cumplimiento de dicha condición.

 

  • ¿Cómo se guardan sus datos personales de forma segura?
  • La Autoridad Portuaria de Avilés toma todas las medidas necesarias para guardar sus datos personales de forma privada y segura. Sólo personas autorizadas de la Autoridad Portuaria de Avilés, personal autorizado de terceros directamente contratadas por el Responsable de Tratamiento para la prestación de servicios vinculados con las finalidades de tratamiento o personal autorizado de nuestras empresas (que tienen la obligación legal y contractual de guardar toda la información de forma segura) tienen acceso a sus datos personales. Se exige a todo el personal de la Autoridad Portuaria de Avilés que tiene acceso a sus datos personales que se comprometa a respetar la Política de Privacidad del responsable de Tratamiento y la normativa de protección de datos y a todos los empleados de Terceros que tienen acceso a tus datos personales que firmen los compromisos de confidencialidad en los términos establecidos en la legislación vigente. Además, se asegura contractualmente que las empresas de terceros que tienen acceso a sus datos personales los mantengan de forma segura. Para asegurarnos de que sus datos personales están protegidos, la Autoridad Portuaria de Avilés dispone de un entorno de seguridad IT y adopta las medidas necesarias para evitar accesos no autorizados.
  • El responsable de Tratamiento ha formalizado acuerdos para garantizar que tratamos sus datos personales correctamente y de acuerdo con la ley de protección de datos. Estos acuerdos reflejan las respectivas funciones y responsabilidades en relación con usted, y contemplan qué entidad se encuentra en la mejor posición para cumplir con sus necesidades. Estos acuerdos no afectan a sus derechos en virtud de la ley de protección de datos. Para obtener más información sobre estos acuerdos, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
  • En relación con los sistemas de videovigilancia, le informamos que la Autoridad Portuaria de Avilés toma todas las medidas necesarias para guardar sus datos personales de forma privada y segura y atenderá en cualquier caso a lo previsto en la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada y sus disposiciones de desarrollo. En este sentido, establece y le informa de las siguientes medidas de seguridad:
  • DEBER DE INFORMACIÓN: Se informa acerca de la existencia de las cámaras y grabación de imágenes, a fin de cumplir con el deber de información previsto en el artículo 12 del RGPD a través de un dispositivo informativo en lugar suficientemente visible identificando la existencia del tratamiento, la identidad del responsable y la posibilidad de ejercitar los derechos previstos en los artículos 15 a 22 del RGPD. También podrá incluirse en el dispositivo informativo un código de conexión o dirección de internet a esta información. En todo caso, la Autoridad Portuaria de Avilés mantiene a disposición de los afectados la información a la que se refiere el citado reglamento en la Política de Privacidad referenciada en el citado dispositivo. En el supuesto de que se haya captado la comisión flagrante de un acto ilícito se entenderá cumplido el deber de informar cuando exista al menos el dispositivo informativo de videovigilancia.
  • UBICACIÓN DE LAS CÁMARAS: la Autoridad Portuaria de Avilés sólo captará imágenes de la vía pública en la medida en que resulte imprescindible para la finalidad de preservación de seguridad. En ningún caso la Autoridad Portuaria de Avilés. instala sistemas de grabación de sonidos ni de videovigilancia en lugares destinados al descanso o esparcimiento de los trabajadores o los empleados públicos, tales como vestuarios, aseos, comedores y análogos.
  • CAPTACIÓN DE SONIDOS: la Autoridad Portuaria de Avilés sólo llevará a cabo la grabación de sonidos cuando resulten relevantes los riesgos para la seguridad de las instalaciones, bienes y personas derivados de la actividad que se desarrolle en el centro de trabajo y siempre respetando el principio de proporcionalidad, el de intervención mínima y las garantías.
  • UBICACIÓN DE MONITORES: Los monitores donde se visualizan las imágenes de las cámaras se ubican en un espacio de acceso restringido de forma que no sean accesibles a terceros no autorizados.
  • CONSERVACIÓN: Las imágenes/sonidos captados por los sistemas de videovigilancia serán suprimidos en el plazo máximo de un mes desde su captación, salvo cuando hubieran de ser conservados para acreditar la comisión de actos que atenten contra la integridad de personas, bienes o instalaciones (en cuyo caso, las imágenes serán puestas a disposición de la autoridad competente en un plazo máximo de 72 horas desde que se tuviera conocimiento de la existencia de la grabación), o estén relacionadas con infracciones penales o administrativas graves o muy graves en materia de seguridad pública, con una investigación policial en curso o con un procedimiento judicial o administrativo abierto (Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la AEPD, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras y Art.22 LOPDGDD) – 30 días.
  • CONTROL LABORAL: El tratamiento se realiza para el ejercicio de las funciones de control de los trabajadores o los empleados públicos previstas, respectivamente, en el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores y en la legislación de función pública, dentro de su marco legal y con los límites inherentes al mismo. En la medida en que las cámaras pueden ser utilizadas con la finalidad de control laboral según lo previsto en el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores, se informa a los trabajadores y a sus representantes acerca de las presentes medidas de control establecidas por el empresario con indicación expresa de la finalidad de control laboral de las imágenes captadas por las cámaras, conforme a lo indicado en la cláusula de notificación de inclusión y en la presente política de privacidad.
  • DERECHO DE ACCESO A LAS IMÁGENES: Para dar cumplimiento al derecho de acceso de los interesados se solicitará una fotografía reciente y el Documento Nacional de Identidad del interesado, así como el detalle de la fecha y hora a la que se refiere el derecho de acceso. No se facilitará al interesado acceso directo a las imágenes de las cámaras en las que se muestren imágenes de terceros. Para evitar la afección a derechos de terceros, en el caso de solicitud de acceso, procederemos a emitir un certificado en el que, con la mayor precisión posible y sin afectar a derechos de terceros, se especifiquen los datos que han sido objeto de tratamiento. Ej. “Su imagen fue registrada en nuestros sistemas el día ___ del mes del año entre las _ horas y las _ horas. En concreto el sistema registra su acceso y salida de la instalación».
  • Cambios en Política de Privacidad
  • La Autoridad Portuaria de Avilés se reserva el derecho a efectuar, en cualquier momento, cuantas modificaciones, variaciones, supresiones o cancelaciones en los contenidos y en la forma de presentación de los mismos que considere oportunas, por cuanto le recomendamos que consulte nuestra política de privacidad siempre que lo considere pertinente. Si no está de acuerdo con cualquiera de los cambios, puede ejercer su derechos conforme al procedimiento descrito enviando un correo a rgpd@asetra.es
  • Con la aceptación y/o validación del proceso que sirva de base para el establecimiento de la relación comercial y/o contractual con La Autoridad Portuaria de Avilés, consiente expresamente el tratamiento de datos conforme a lo establecido en la cláusula y política de privacidad sobre protección de datos, así como informar y disponer del consentimiento de terceros de los que nos facilite datos personales para dicho tratamiento.