Comunicación Registro Transportistas

CIRCULAR INFORMATIVA – Nº 1 GENERAL

El pasado 20 de febrero de 2019 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas reglamentarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional del Transporte por Carretera. https://www.boe.es/eli/es/rd/2019/02/15/70

   Entre otras modificaciones de gran importancia para el sector del transporte de mercancías por carretera, la modificación de los artículos 42, 51 y concordantes del meritado texto legal conlleva la eliminación de las autorizaciones de transportes físicas que hasta ahora expedían los organismos correspondientes de las CCAA. Desde la fecha de publicación de la modificación legal referida, las nuevas matriculaciones, así como los próximos visados, no recibirán autorizaciones en formato físico, siendo que la comprobación de que las empresas transportistas contratadas cumplen los requisitos legales preceptivos para la prestación de servicios de transportes de mercancías por carretera deberá realizarse a través del Registro de Empresas y Actividades de Transporte del Ministerio de Fomento cuyo enlace facilitamos: http://apps.fomento.gob.es/crgt/servlet/ServletController?modulo=datosconsulta&accion=inicio&lang=es&estilo=default

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